Se precisa licencia para realizar cualquier construcción de nueva planta (viviendas y naves, garajes, etc), así como para su demolición, reconstrucción, sustitución, ampliación o rehabilitación…
Se precisa también licencia para la ejecución de obras que lleven implícita el cambio de uso de un inmueble.
El pago se realizará mediante autoliquidación en línea, en el siguiente enlace https://autoliquidaciones.elpuig.es/AutoliquidacionesWeb/
En este mismo enlace se podrá realizar el pago mediante tarjeta bancaria.
En caso de querer realizar el pago en efectivo:
Las personas físicas podrán solicitar autoliquidaciones asistidas generadas por esta administración, para lo cual deberán personarse en la Oficina de Atención a la Ciudadanía (OAC).
a) Memoria sucinta explicativa de las obras a realizar, a la cual se acompañarán los informes de las compañías suministradoras de servicios en su caso.
b) Planos de conjunto y de detalle, necesarios para definir la obra de urbanización, que ha de incluir como mínimo, los siguientes:
c) Presupuesto por capítulos, a fin de determinar el importe de la fianza a depositar como garantía complementaria de la ejecución de las obras de urbanización. Se afianzará el 100 % de la obra de urbanización (PEM).
Electrónica
En cumplimiento del que se prevé en el artículo 12 del Decreto 220/2014, de 12 de diciembre, del Consejo, por el cual se aprueba el Reglamento de Administración Electrónica de la Comunidad Valenciana, las solicitudes se tendrán que presentar por vía telemática, mediante la firma electrónica propia de la entidad solicitante o de la persona que la represento. La solicitud telemática estará accesible en la sede electrónica del Ayuntamiento del Puig de Santa Maria .https://elpuig.sede.dival.es/
Presencial
El/la ciudadano/a podrá presentar su solicitud en las oficinas de registro del Ayuntamiento o cualquier otra de las previstas en el art. 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.